miércoles, 15 de mayo de 2013
III. Propiedades del infierno
A. Eternidad
Las penas del infierno duran toda la eternidad (dogma de fe).
El Concilio IV de Letrán (1215) declaró: «Aquellos [los réprobos] recibirán con el diablo suplicio eterno» Dz 429; cf. Dz 40, 835, 840.
La Sagrada Escritura pone a menudo de relieve la eterna duración de las penas del infierno, pues nos habla de «eterna vergüenza y confusión» (Dan 12, 2; cf. Sap. 4, 19), de «fuego eterno> (Judith 16, 21; Mt 18, 8; 25, 41;), de «suplicio eterno» (Mt 25, 46), de «ruina eterna» (2 Tes 1, 9). El epíteto «eterno» no puede entenderse en el sentido de una duración muy prolongada, pero a fin de cuentas limitada. Así lo prueban los lugares paralelos en que se habla de «fuego inextinguible» (Mt: 3, 12; Mc 9, 42) o de la «gehenna, donde el gusano no muere ni el fuego se extingue» (Mc 9,46 s), e igualmente lo evidencia la antítesis «suplicio eterno - vida eterna» en Mt 25, 46. Según Ap 14, 11 (19, 3), «el humo de su tormento [de los condenados] subirá por los siglos de los siglos», es decir, sin fin; (cf. Ap 20, 10).
La «restauración de todas las cosas», de la que se nos habla en Hechos 3, 21, no se refiere a la suerte de los condenados, sino a la renovación del mundo que tendrá lugar con la segunda venida de Cristo.
Los padres, antes de Orígenes, testimoniaron con unanimidad la eterna duración de las penas del infierno: cf. San Ignacio de Antioquía, Eph. 16, 2, San Justino, Apol. 1 28, 1 ; Martyrium Polycarpi 2, 3; 11, 2; San Ireneo, Adv. Haer. IV 28, 2; Tertuliano, De poenit. 12.
La negación de Orígenes tuvo su punto de partida en la doctrina platónica de que el fin de todo castigo es la enmienda del castigado. SAN AGUSTíN sale en defensa de la infinita duración de las penas del infierno, contra los origenistas y los «misericordiosos» que en atención a la misericordia divina enseñaban la restauración de los cristianos fallecidos en pecado mortal; cf. De civ. Dei xxi 23; Ad Orosium 6, 7; Enchir. 112.
La verdad revelada nos obliga a suponer que la voluntad de los condenados está obstinada inconmovíblemente en el mal y que por eso es incapaz de verdadera penitencia. Tal obstinación se explica por rehusar Dios, a los condenados, toda gracia para convertirse.
[¿Por qué razón las penas del infierno son eternas?
Dice Santo Tomás: “La pena del pecado mortal es eterna, porque por él se peca contra Dios, que es infinito. Y como la pena no puede ser infinita en su intensidad, puesto que la criatura no es capaz de cualidad alguna infinita, se requiere que, por lo menos, sea de duración infinita” (45).]
B. Desigualdad
La cuantía de la pena de cada uno de los condenados es diversa según el diverso grado de su culpa (de sentido común).
Los concilios de Lyón y Florencia declararon que las almas de los condenados son afligidas con penas desiguales, Dz 464, 693. Probablemente esto no se refiere únicamente a la diferencia específica entre el castigo del solo pecado original y el castigo por pecados personales, sino que también quiere darnos a entender la diferencia gradual que hay entre los castigos que se dan por los distintos pecados personales.
Jesús amenaza a los habitantes de Corozaín y Betsaida asegurando, que por su impenitencia, han de tener un castigo mucho más severo que los habitantes de Tiro y Sidón; Mt 11, 22. Los escribas tendrán un juicio más severo; Lc 20, 47.
SAN AGUSTÍN nos enseña: «La desdicha será más soportable a unos condenados que a otros» (Enchir. III). La justicia exige que la magnitud del castigo corresponda a la gravedad de la culpa.
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es algo muy miedoso y algo creible e increible
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